Tercer Congreso (2013)

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Comisión Organizadora III Congreso Estudiantil de Derecho Civil (2013).

  • Coordinador General y Contenidos: Francisco Javier Alvarado García.
  • Coordinador Financiamiento: Cristian Lagos Lezhuk (noviembre 2012 – octubre 2013).
  • Coordinador Difusión: Álvaro Barros Astudillo (noviembre 2012 – julio 2013). Claudio Felipe Osses Garrido (julio 2013-).
  • Coordinador Logística: Horacio Mendoza Benavente (noviembre 2012 – julio 2013). Isidora Yáñez Gallardo (julio 2013-) y Claudio Felipe Osses Garrido (julio 2013-).

Integrantes Comisión Organizadora (2013):

  • Nathaly Paz Azolas Williams.
  • Victoria Andrea Alarcón González.
  • María Carolina Jiménez Álvarez (Coordinadora de Financiamiento hasta marzo de 2015).
  • María Jesús Herrera Ramognini.
  • Eduardo Achu Moscoso.
  • Luis Eduardo Pino Cereceda (Comisión de Logística hasta marzo de 2015).
  • José Ignacio Díaz Valle.
  • Axel Ludwig Ewert Uribe (Coordinador de Financiamiento hasta marzo de 2015).
  • Maximiliano Clemente Barros Astudillo.
  • Felipe Morales Riquelme.

Colaboradores (octubre-noviembre 2013):

  • Camila Belmar Silva.
  • Camila Lira Urzúa.
  • Denisse Muñoz.
  • Catherine Miranda Farías.
  • Matías Ponce Márquez.

PROGRAMA PLENARIOS TERCER CONGRESO ESTUDIANTIL DE DERECHO CIVIL

IIICEDCAfiche

PONENCIAS ESTUDIANTILES SELECCIONADAS

  • La protección al consumidor de tarjetas de crédito: ¿Son suficientes los deberes de información?«. Autor: Víctor Miguel Andrade Ramírez. Universidad de Chile.
  • Aplicación privada de las leyes de la libre competencia, ¿Es posible potenciar la disuasión por la vía de la compensación?«. Autor: Omar Vásquez Duque. Universidad de Chile.
  • Interés de los herederos afectados por fraude a la legítima a través de la simulación«. Autor: Camila Hoyuela Zattera / Diego Kother Kraemer. Universidad de Concepción.
  • Acción de indemnización en obligaciones de dar, ¿remedio contractual autónomo? Análisis a la luz del fallo ‘Zorín con Siderúrgica«. Autor: Camilo Vergara Santelices. Universidad de Chile.
  • El rol de la culpa en el cumplimiento in natura“. Autor: Esteban Montaner. Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.
  • Consideraciones dogmáticas sobre la asunción de riesgos«. Autor: Mauro Gerard Osses Ardiles. Universidad Católica del Norte.

MARTES 5 DE NOVIEMBRE PRIMERA JORNADA: REMEDIOS CONTRACTUALES Responsabilidad contractual y construcción comparativa de un derecho europeo de los contratos.

En nuestro Sistema Civil, evaluar y debatir sobre la resolución como una forma de poner término al contrato es una pregunta crítica y pendiente. Dicho método plantea una serie de dificultades al momento de ser aplicado, por lo que es importante revisarlo, someterlo al análisis académico y determinar si es el medio más eficiente para poner fin a relaciones contractuales cada vez más complejas, si consideramos que el Derecho debe ir evolucionando o adaptándose a los vertiginosos cambios que sufre nuestra sociedad. A partir de las disposiciones del Código Civil, se establece que la resolución del contrato no opera de pleno derecho, sino que debe ser declarada por sentencia judicial, a solicitud de la parte que ha cumplido su obligación o se encuentra llana a dicho cumplimiento. Normalmente, el trámite se explica porque el legislador da la opción a quien cumple de pedir el término del contrato o el cumplimiento del mismo. Sin embargo, lo problemático que resulta la determinación del tipo de incumplimiento que debe existir para solicitar la medida, es decir, cuándo el incumplimiento merece el carácter de resolutorio, y la tramitación, llevan a discutir sobre la utilidad y efectividad de la resolución como una de las formas de poner fin al contrato. Ante esto, cabe plantear algunas interrogantes: ¿es la resolución un mecanismo efectivo de tutela o protección de la parte que resulta lesionada en el contrato? ¿Cómo se resuelve el problema de los incumplimientos recíprocos? ¿Cuáles deberían ser los requisitos del incumplimiento resolutorio? ¿Los tribunales han manifestado una tendencia clara respecto de cumplimientos parciales, cumplimientos imperfectos, etc.?, entre otras. Para concluir, si observamos la realidad del siglo XXI, en que las relaciones se tornan cada vez más complejas, el contrato de compraventa se convierte en un modelo o paradigma insuficiente, una resolución que no opera ipso facto y la inexistencia de otros métodos para poner fin a las nuevas formas de contratos no responden a los requerimientos de la sociedad actual y nos encontramos ante la necesidad imperiosa de discutir y proponer nuevos remedios contractuales.

MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE SEGUNDA JORNADA: REFORMA PROCESAL CIVIL Impacto de la reforma en el Derecho Civil.

Palpable es la necesidad de reforma y modernización al proceso civil chileno el que, como es sabido, no responde a los requerimientos de la sociedad actual. La polémica radica en el proyecto mismo de reforma pues se han propuesto modificaciones en las que no hay total acuerdo, por considerar algunos que no serían acordes con la realidad histórica y cultural de nuestro país e ir en contradicción con la esencia misma de nuestro sistema jurídico. Entre los puntos centrales de la polémica se encuentra: el nuevo rol de la Corte Suprema y la naturaleza del nuevo “recurso extraordinario”, y la carga dinámica de la prueba.

En cuanto al nuevo rol que el proyecto le otorga a la Corte Suprema, se le otorgaría una jurisdicción diferente a la establecida en el artículo 82 de la Constitución Política de la República. Se critica también la vulneración al artículo 3º del Código Civil al tener pretensiones de “unificación”. Por su parte, el reemplazo del recurso de casación en el fondo por el recurso extraordinario busca velar por el “igualitario acceso a la ley”, pero tiende a vulnerar, según se ha señalado, las garantías constitucionales de inexcusabilidad y debido proceso al exigirse para su admisión haber sido afectado un interés general. Todo esto justificado para otros, en la eficiencia y eficacia del proceso. Finalmente, ha sido muy controvertida la incorporación de la denominada carga dinámica de la prueba. Se sostiene que sería contraria a las normas propias del derecho civil y que altera el sistema probatorio de los contratos conformado por normas dispositivas que permiten a las partes anticipar los eventuales riesgos y conflictos, además ¿Podría decirse que estamos frente a una modificación del Código Civil? Siendo al mismo tiempo muy criticada la medición que tendrá el juez para definirla, apelando en gran medida a la subjetividad del mismo, entre otras cuestiones debatidas. Así las cosas, es indudable el impacto que esta reforma tiene en las normas de derecho privado y lo relevante que es discutir los temas centrales con la finalidad de determinar la conveniencia y los efectos de las modificaciones realizadas.

JUEVES 7 DE NOVIEMBRE TERCERA JORNADA: DERECHO DEL CONSUMIDOR. Daño moral en las relaciones de consumo y nulidad de las cláusulas abusivas de los contratos de adhesión.

La protección de los derechos del consumidor es considerado, tanto a nivel nacional como internacional, un eje central de la nueva concepción de sociedad democrática y justa a la que la ciudadanía aspira, inclusive es un problema tratado a nivel de Derechos Humanos. Por ello, la promoción de la defensa de los consumidores debe ser considerada por los gobiernos como una política de Estado en tanto permite un desarrollo económico equitativo. Nuestra actual legislación presenta muchos problemas que deben ser discutidos a nivel doctrinario y jurisprudencial. Un buen ejemplo de lo anterior, es la responsabilidad civil en derecho de consumo, en especial, la reparación del daño moral. La legislación comparada da diferentes soluciones para el problema de la determinación y otorgamiento de los daños no pecuniarios derivados de la relación de consumo, ya sea en juicios individuales o colectivos. Sin embargo, en Chile tales problemáticas han sido escasamente abordadas y discutidas. Problemas tan fundamentales como el contenido del daño moral, el régimen que lo regula en materia de consumo, la posibilidad de la aplicación de los daños punitivos, la determinación del monto, su pertinencia a propósito de los juicios colectivos, entre otros, deben ser objeto de una revisión crítica en orden a despejar las dudas que se presentan en la práctica jurídica.

VIERNES 8 DE NOVIEMBRE CUARTA JORNADA: DERECHO DE FAMILIA. Reformas a los Regímenes Patrimoniales del Matrimonio

Con la llegada de la Nueva Ley de Matrimonio Civil comenzamos a observar notables cambios en las concepciones imperantes en Derecho de Familia en nuestro país. No obstante, varios años han transcurrido desde su entrada en vigencia, y son muchas las temáticas que en la actualidad se encuentran en discusión por la sociedad, reclamando un cambio legislativo. Hoy en día existen variados proyectos de ley con el objetivo de modificar el actual sistema regímenes patrimoniales, ya sea creando nuevos regímenes como también modificando los actuales con miras a lograr una mayor igualdad entre marido y mujer, en especial en lo que respecta a la administración de los bienes de la sociedad. El Congreso Estudiantil de Derecho Civil de la Universidad de Chile pretende hacerse cargo de estas tendencias, con el objetivo de analizar todas las posturas existentes y plantear un análisis crítico de las instituciones que se encuentran en juego.

IIICEDCCarpeta

MARTES 5 DE NOVIEMBRE PRIMERA JORNADA: REMEDIOS CONTRACTUALES Responsabilidad contractual y construcción comparativa de un derecho europeo de los contratos.

Académico especializado en Derecho Civil, Derecho Comparado y Teoría del Derecho. Se desempeña como profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Montpellier. Entre 1994 y 1998 también fue profesor de la Université de la Réunion. Además, actualmente es miembro del “Laboratorio de Derecho Privado de la Facultad de Derecho de Montpellier” (Laboratoire de droit privé de la Faculté de droit de Montpellier), del “Consejo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Montpellier I” (Conseil de l’UFR droit de l’Université Montpellier I), del “Consejo Nacional de Universidades” (Conseil National des Universités, section 01), de la “Comisión de Reclutamiento para el derecho civil de la Universidad de Luxemburgo” (Commission de recrutement pour le droit civil de l’Université de Luxembourg), de los “Comités de contratación (Universidad de Montpellier, La Reunión)” (Comités de recrutement, Universités de: Montpellier; La Réunion) y del “Consejo de la Escuela de Doctorado de la Facultad de Derecho de Montpellier” (Conseil de l’Ecole doctorale de la Faculté de droit de Montpellier).

Entre sus publicaciones destacan varios artículos y libros, muchos de ellos consagrados a los códigos, en particular al Código Civil francés, y a la codificación.

Abogado. Asociado al estudio Vae y cía. abogados. Profesor de Derecho Civil de la Universidad de Chile. Licenciado en Derecho de la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Argumentación jurídica en Universidad de Alicante. Master en Ciencia Jurídica y Doctor en Derecho de la Universidad Católica de Chile.

En cuanto a sus últimas publicaciones:

Responsabilidad civil médica. Estándares jurisprudenciales de la falta de servicio, Legal Publishing, Santiago, 2011. “El ilícito contractual”, en Responsabilidad civil, derecho de seguros y filosofía del derecho. Homenaje al profesor Javier Tamayo Jaramillo, t. II, (Maximiliano Aramburo, coordinador), Diké, Bogotá, 2011, p. 525. “Reinterpretación del artículo 1547 del Código Civil Chileno”, en Revista de Derecho, n° 36, Universidad del Norte, Barranquilla, 2011, pp. 87 y ss.“La acción de repetición del Fisco en contra del personal médico-sanitario”, en Estudios de Derecho Civil V (VII Jornadas Nacionales de Derecho Civil, Concepción, 2009), Ed. Legal Publishing, Santiago, 2010, pp. 527-541.

“La cobertura dogmática de la recepción jurisprudencial de la distinción obligaciones de medios/resultado”, en La responsabilidad médica, Cuadernos de Análisis Jurídico. Colección derecho privado VI, Ed. Universidad Diego portales, 2010, pp. 45-85.

Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales en la Universidad de Chile. Posgrado Master en Derecho, Universidad Panthéon-Assas-Paris II. Candidato a Doctor por la misma casa de estudios

Publicaciones La Protección Civil del Derecho a la Intimidad. Santiago, Lexis-Nexis, 2003 “Ciento cincuenta años de evolución del derecho de propiedad” en: Martinic, María Dora y Tapia Mauricio (dirs.) y Ríos L., Sebastián (ed.) Sesquicentenario del Código civil de Andrés Bello. Pasado, presente y futuro de la codificación. Santiago, Lexis-Nexis, 2005, vol. I, pp. 533-570. “La reforma del derecho de garantías en Francia. Puesta al día necesaria y fracaso parcial de una reforma de conjunto”, en: Revista de Derecho Privado Fernando Fueyo, n° 7, 2007, pp. 89 – 116. “Les rapports entre les cessions légales et la cesion conventionnelle de contrat”. En: Liber amicorum Christian Larroumet. París, Economica, 2010, pp. 439-463.

Experiencia académica Ayudante alumno, adscrito al Departamento de Ciencias del Derecho, de la Cátedra de Introducción al Derecho del Profesor Máximo Pacheco Gómez (1995 – 1999) y Coordinador de Ayudantías (1996 – 1998).

Ayudante Adjunto Ad-Honorem, adscrito al Departamento de Derecho Privado, de la Cátedra de Derecho Civil de los Profesores Gonzalo Figueroa Yáñez, Raúl Álvarez Cruz, y del departamento (2000-2007). Profesor invitado de derecho civil (2007 a 2010). Profesor asistente de derecho civil, (2010 -).

Experiencia Profesional relevante Carey y Cía. Ltda., Abogados (2000 –2001) Fiscalía Banco BBVA Chile (2001 – 2003)

Profesor de Derecho Civil de la Universidad de Chile, desde el año 1997, magíster en Derecho de la Universidad de Harvard (1996), VisitingScholar, Yale LawSchool (2000), doctorando en Derecho en la Universidad de Chile, ex Presidente de Harvard LawSchoolAssociation en Chile, ex Director Liga Chileno-Alemana(Deutsch-Chilenischer Bund), miembro del Colegio de Abogados de Chile. miembro del International Bar Association y de American Bar Association, Sección Internacional ysocio del Estudio Jurídico Barros, Letelier y González.

Dentro de sus publicaciones, se cuentan la“Privacidad de la información digital: autodeterminación vs. Commodity”, en la Revista Jurídica de la Universidad de Palermo, “Tratamiento de datos personales y protección de la vida privada”, en el año 2001; “La prueba de las obligaciones y la firma electrónica”, en la Revista Chilena de Derecho Informático, en el año 2003, entre otras.

MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE SEGUNDA JORNADA: REFORMA PROCESAL CIVIL. Impacto de la reforma en el Derecho Civil.

Ministro y Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de Argentina. Jurista larga trayectoria que comenzó en la Universidad Nacional del Litoral (Provincia de Santa Fe) y luego, por concurso público, culminó como catedrático de “Contratos Civiles y Comerciales” en la Universidad de Buenos Aires. Ha dictado conferencias en distintos países como Estados Unidos, Uruguay, Brasil, España, México y Chile. En Chile, ha sido profesor permanente en la Maestría de Derecho Privado, Universidad Católica de Valparaíso.

Ha dictado cerca de seiscientas conferencias en el país y en el extranjero, publicado doscientos artículos en revistas jurídicas y publicado casi cuarenta libros tomando en cuenta los publicados en argentina y en el extranjero.

Su investigación ha girado en torno principalmente de: filosofía del derecho, derecho constitucional, teoría de la decisión judicial, derecho ambiental, derecho de los contratos, derecho de daños, análisis económico del derecho, derecho laboral, derecho comercial y de la empresa, derecho de los consumidores, comercio electrónico, derecho de la salud y de la empresa medica. Teniendo un rotundo éxito en los ejemplares vendidos.

Abogado licenciado en Pontificia Universidad Católica de Chile. Doctorado en Universidad de Navarra. Actual profesor de Derecho Civil y Deontología Jurídica en Universidad de Los Andes. Decano de la misma casa de estudios para el periodo 2010-2012. Abogado integrante de la Excelentísima Corte Suprema. Árbitro del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago. Consejero del Colegio de Abogados de Chile A.G entre los años 2009 – 2013. Amplia experiencia en litigación civil, comercial, de derecho público, de familia y en el área de asesoría de empresa.

Autor de “El retraso en el cumplimiento de las obligaciones”, Dyckinson – Madrid, 1998 “La nulidad de los actos jurídicos”, P. Universidad Javeriana-Grupo Ibáñez, Bogotá, 2012.

Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad de Chile, Master en Derecho Privado y candidato a Doctor en Derecho por la Universidad de París XII, Francia.Ha asesorado a las Comisiones de Economía y de Constitución del Senado de Chile, fue vicepresidente y coordinador académico de la Asociación Andrés Bello de juristas franco-latino-americanos. Es director académico de Microjuris Chile, miembro de organismos jurídicos como la Asociación francesa de Historia de la Justicia. Entre sus publicaciones se cuentan libros y artículos, como el”Contrato por adhesión”, “Código Civil 1855-2005. Evolución y perspectivas”, entre otros.

Dentro de su experiencia profesional, cabe destacar que fue abogado asociado de “Barros, Court & Correa”, actual “Barros, Letelier & Cía.”, desde 1995 hasta 2006 y abogado socio del “Estudio Correa Gubbins”, de 2006 a 2008.

Actualmente es Director del Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y profesor de Derecho Civil de la misma casa de estudios.

JUEVES 7 DE NOVIEMBRE TERCERA JORNADA: DERECHO DEL CONSUMIDOR. Daño moral en las relaciones de consumo y nulidad de las cláusulas abusivas de los contratos de adhesión.

Abogado, realizó sus estudios de grado en la Universidad de Buenos Aires, Argentina, y de especialización en derecho contractual, en la Universidad de Salamanca, España. Más tarde, amplió sus estudios en mercado de capitales y operaciones financieras en la misma Universidad de Buenos Aires.

Participó en forma activa en la Unión de Consumidores de Argentina (Presidente), en la Asociación de Abogados de Buenos Aires, y en el Colegio Público de Abogados de Buenos Aires. Director de las Diplomaturas en Derecho de los Consumidores de la Universidades Católicas de Santa Fe, Salta y UCES, Argentina. Profesor de Derecho de los Contratos, Universidad de Buenos Aires. Socio principal en el estudio Wajntraub Abogados.

Ha sido autor de destacadas publicaciones, tales como: “Las acciones colectivas tras la reforma de la ley de defensa del Consumidor”.En: Suplemento especial “Régimen de Defensa del Consumidor. Análisis de su reforma”. Jurisprudencia Argentina. 2008; “La relación de dependiente como base de la responsabilidad civil en el contrato de consumo” En:Revista de Derecho de Daños 2007-3, “Responsabilidad de los dependientes”. Editorial Rubinzal-Culzoni. 2008; “La conexidad contractual en el derecho del consumidor” En:Revista de Derecho Privado y Comunitario 2007-2, “Contratos conexos”. Editorial Rubinzal-Culzoni. 2007; entre otras.

Abogado, licenciado con distinción máxima y magíster (c) en Derecho privado de la Universidad de Chile.

Profesor de Derecho civil de la Universidad de Chile. Especialista en derecho privado y temas de derecho del consumo.

Participó como coordinador académico de la Actualización de Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y como investigador de la Escuela de Graduados de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.

Ha sido colaborador y editor de la Revista de Magister y Doctorado Nº2 de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, correspondiente al año 2008.

  • Lucas del Villar (Subdirector Nacional del SERNAC).

Abogado y Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de Chile. (1999-2003).

Magister (c) en Derecho Penal de los Negocios y de la Empresa, Universidad de Chile e Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset, Madrid, España.

Experto en Derecho Inmobiliario y Administración de Empresas, se ha desempeñado como abogado en destacadas empresas del rubro y, actualmente, es el subdirector del Servicio Nacional del Consumidor (2010- ).

Abogado, Licenciado en Universidad de Chile con distinción máxima. Experiencia práctica en juicios colectivos. Abogado parte del equipo redactor de las Reformas a la Ley de Protección al Consumidor del año 2004. Consultor del equipo Carey y Cía para la redacción de cambios normativos en la nueva ley de turismo para el gobierno de Chile; y redacción de un reglamento operativo para el manejo, traspaso y protección de la información respecto del sistema de integrado de información social, para el Ministerio de Planificación.

Jefe de Gabinete del Servicio Nacional del Consumidor. Coordinador de asesores y responsables de las relaciones internacionales de este Servicio. Abogado del área judicial, del departamento jurídico y del área de mediación y reclamos de dicha institución, entre los años 1997 y 2002. Socio de la Sociedad Chilena de Políticas Públicas. Autor del libro “El Régimen De Propiedad Industrial en la OMC” y redactor de Manual Práctico de la Ley de Protección al Consumidor para la Cámara Nacional De Comercio, Servicios y Turismo De Chile. Actual profesor de la cátedra de Derecho del Consumidor en la Universidad de Chile y en la Universidad Academia Humanismo Cristiano. También realiza cátedra de Protección al Consumidor en el Programa de Magister de la facultad de Derecho de la Universidad de Valparaíso. Ha realizado estudios de perfeccionamiento en áreas de economía y marketing el año 1998 en la actual London Metropolitan University.

VIERNES 8 DE NOVIEMBRE CUARTA JORNADA: DERECHO DE FAMILIA. Reformas a los Regímenes Patrimoniales del Matrimonio

Abogada, Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de Chile, 2003. Doctora en Derecho, Universidad de Salamanca, 2008.

Ha ejercido como abogada en la División Jurídica del Ministerio de Justicia (2003-2004) y en la Unidad de Reformas Legales perteneciente al Servicio Nacional de la Mujer (2007).

Profesora de Derecho Civil y de Familia, Universidad de Chile.

Autora de destacadas publicaciones, tales como: “Los conflictos de intereses entre progenitores e hijos”. Gaceta jurídica. 2007, Diciembre, nº 330; “Naturaleza jurídica del acuerdo regulador de la crisis matrimonial., Gaceta Jurídica. 2008; “Protección Jurídica de los Adultos Mayores en Chile”. Revista Chilena de Derecho, enero-abril 2009, vol. 36, núm. 1; “Custodia Compartida de los Hijos”. Madrid. Editorial La Ley. 2008; entre otras.

Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales Pontificia Universidad Católica de Chile (1984); Doctor en Derecho por la Universidad de Navarra (1989).

Se ha desempeñado como Director de Investigación Universidad de los Andes (1995-2004); Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes (2004 – 2010) y Director del Departamento de Derecho Civil y Romano (2011-).

Autor de numerosas publicaciones, entre otras: “Derecho civil y persona humana”. Cuestiones debatidas, LexisNexis, Santiago, 2007; “Contratos y daños por incumplimiento”. AbeledoPerrot, Santiago, 2010; “Responsabilidad por productos defectuosos. Análisis y propuestas para el Derecho Civil y de Consumo en Chile”. Colección Ensayos Jurídicos, AbeledoPerrot, Santiago, 2011; “Separación, nulidad y divorcio. Análisis desde los principios y las reglas de la Ley de Matrimonio Civil”. AbeledoPerrot, Santiago, 2011.